Interrupción legal del embarazo
Aborto legal en Oaxaca: sin delito hasta las 12 semanas
Oaxaca no castiga el aborto antes de la semana 12 desde 2019 y su ley de salud fija tres días para atender. Qué dice la norma y qué confirmar.
Por Dr. Adrián Martínez · 15 de octubre de 2026 · 11 min de lectura

En este artículo
- 1.Lo que dice el Código Penal: el aborto, para la ley, empieza después de la semana 12
- 2.¿12 semanas, 12.6 o 13? Por qué ves cifras distintas
- 3.La Ley Estatal de Salud: lo que le exige al servicio público
- 4.Dónde se atiende: tres listas, ninguna oficial y vigente
- 5.Distancias: la barrera más real
- 6.Después de la semana 12: cinco supuestos del artículo 316
- 7.Menores de edad y objeción de conciencia
- 8.Si te niegan el servicio o te dan largas
- 9.Estados vecinos y la Ciudad de México
- 10.Qué confirmar antes de ir
- 11.Lo esencial
Desde 2019, en Oaxaca no es delito interrumpir un embarazo antes de la semana 12, y la ley de salud local pide al servicio público responder en tres días naturales como máximo. Pocos estados llevan tanto tiempo con la regla vigente, de modo que hoy interesa menos si es legal y más qué tan cerca queda el servicio y qué plazo se aplica en la unidad. Esta guía separa lo que dicen el Código Penal y la ley de salud, que leímos completos, de lo que reportan los comunicados y la prensa.
Verificado el 15 de octubre de 2026
Contra el Código Penal de Oaxaca que publica el Congreso (última reforma publicada el 10 de enero de 2026; artículos 312, 313, 315 y 316) y contra la Ley Estatal de Salud (última reforma publicada el 3 de enero de 2026; artículos 65 Bis a 65 Quinquies). NO se pudo confirmar: una lista oficial vigente de unidades que presten el servicio, cuál es el plazo exacto en semanas que aplica cada unidad (12, 12.6 o 13) ni cómo se aplica la objeción de conciencia en el estado. Confirma antes de acudir.
Lo que dice el Código Penal: el aborto, para la ley, empieza después de la semana 12
La técnica de Oaxaca es distinta a la de otros estados. En vez de decir que el aborto es delito salvo en las primeras 12 semanas, el artículo 312 acota la definición misma: solo llama aborto a lo que ocurre pasada la semana 12. Lo anterior, para efectos penales, queda fuera de esa palabra. Las notas del texto atribuyen el cambio al decreto 806, que el Congreso aprobó el 25 de septiembre de 2019 y que salió en el Periódico Oficial Extra del 24 de octubre de ese año.
| Artículo | Qué dice el texto vigente |
|---|---|
| 312 | Define el aborto como la interrupción posterior a la semana doce; añade que el embarazo, para el Código, comienza con la implantación del embrión en el endometrio |
| 313 | Aborto forzado, sin consentimiento y en cualquier momento: de tres a seis años de prisión; de seis a diez si hay violencia física o moral |
| 314 | Si lo causa personal médico: además, suspensión de dos a cinco años en su profesión |
| 315 | Mujer que procure su aborto una vez transcurridas las doce semanas: tres a seis meses de cárcel, o 100 a 300 días de trabajo comunitario; únicamente si el aborto se consumó |
| 316 | Lista de supuestos de excluyente de responsabilidad penal (ver más abajo) |
Fíjate en el 315: incluso pasado el plazo, la sanción prevista es prisión breve o trabajo comunitario, a elección, y solo si el aborto se consumó. Y fíjate en lo que no aparece: en este capítulo no hay ninguna sanción por consultar, preguntar o iniciar un trámite. Con todo, nada de esto sustituye la valoración de un servicio de salud sobre tu caso.
¿12 semanas, 12.6 o 13? Por qué ves cifras distintas
El Código dice «después de la décima segunda semana». Un comunicado de los Servicios de Salud de Oaxaca del 25 de septiembre de 2023 describió el aborto como despenalizado en las «primeras 12.6 semanas», y CILE agrupa a Oaxaca bajo «13 semanas». La lectura más probable de 12.6 es 12 semanas y algunos días, pero no sabemos cómo lo aplica cada unidad, así que no lo damos por cierto. La ley dice 12, y es la cifra que debes usar para planear.
Dos consejos prácticos. Primero: en la práctica el conteo parte del primer día de la última regla y no del día de la relación sexual; El Imparcial de Oaxaca recuerda que, con un ciclo regular, las 12 semanas equivalen a unas ocho de retraso menstrual. Dos: la unidad de salud confirma tu tiempo con una valoración, a veces con ultrasonido. Si estás cerca del límite, dilo desde la primera llamada y no cuentes con ese margen extra.
Compara cómo se cuentan las semanas y qué cambia despuésHasta qué semana puedes interrumpir un embarazo en la CDMX →La Ley Estatal de Salud: lo que le exige al servicio público
Esta es la parte menos conocida y más útil. Los artículos 65 Bis a 65 Quinquies de la Ley Estatal de Salud entraron con un decreto aprobado el 22 de septiembre de 2021 y publicado el 16 de octubre del mismo año, y están en el texto vigente. Resumidos: las instituciones públicas del sistema estatal deben asegurar este derecho en los casos que la ley permite, de forma gratuita, sin discriminación y con calidad; deben ofrecer orientación honesta, adaptada a la cultura de cada persona y libre de sesgos ideológicos o religiosos; y la Secretaría de Salud debe llevar un registro de los abortos que se practican.
Dos reglas son muy específicas. El 65 Ter fija que el servicio debe darse como máximo a los tres días naturales de la solicitud, cuando ya se cumplieron los requisitos, y que se atenderá a la solicitante aunque tenga otra cobertura de salud, pública o privada. El 65 Quáter trata como urgencias, de atención inmediata, los embarazos por violencia sexual y los casos con riesgo para la vida o la salud, y pide informar a la víctima de su derecho a denunciar respetando su autonomía.
Dónde se atiende: tres listas, ninguna oficial y vigente
En septiembre de 2023, los Servicios de Salud de Oaxaca informaron de nueve unidades con servicio: el Hospital General Doctor Aurelio Valdivieso y la Clínica de la Mujer, tres centros de salud urbanos de la capital, el de San Jacinto Amilpas, y los hospitales de Pinotepa Nacional, Villa Sola de Vega y San Pedro Tapanatepec. Reportaron además 1,172 atenciones gratuitas desde octubre de 2019.
Con el tiempo la red se movió. La Razón escribió el 28 de septiembre de 2026 que, a marzo de 2025, había 12 unidades validadas entre la capital y otros municipios, y que las autoridades reportan 2,590 procedimientos desde 2019. El Imparcial de Oaxaca, del 26 de septiembre de 2026, menciona 11 unidades de IMSS-Bienestar, centros de salud de Pinotepa Nacional, Sola de Vega y Tuxtepec, y la Clínica de la Mujer (UNEME-DEDICAM) en la capital; añade que derechohabientes del IMSS o del ISSSTE también pueden solicitarlo en su institución. Las cifras y listas difieren según fecha y criterio.
No hay, que hayamos podido abrir, una lista oficial de 2026. Por eso no te damos nombres como si fueran definitivos: los de 2023 son los que consta que existieron. Antes de viajar, pregunta por teléfono si esa unidad presta hoy el servicio, en qué horario y qué documentos pide.
Distancias: la barrera más real
Oaxaca es un estado enorme y de relieve difícil. Para dar una idea, La Razón calculó unos 242 kilómetros de carretera entre San Simón Zahuatlán y la capital, con más de tres horas y media al volante, y unos 184 entre Coicoyán de las Flores y Pinotepa Nacional, otras tres horas o más sin sumar transbordos. Una fundadora de una asociación civil citada en esa nota subraya que cambiar la ley no elimina las barreras del sistema de salud y que hacen falta presupuestos adecuados.
Si vives en una comunidad alejada, pregunta cuál es la unidad más cercana de tu jurisdicción sanitaria y planea el traslado con margen. Si los tres días del artículo 65 Ter ya van a contar desde la solicitud, vale la pena que la solicitud se haga cuando puedas estar presente y acompañada.
Si prefieres resolver tus dudas antes de moverte
Acércatefem Observatorio (Av. Observatorio 330, Las Américas, Miguel Hidalgo, CDMX) ofrece orientación y consulta confidenciales de ILE. Puedes escribirnos desde Oaxaca para preguntar qué aplica a tu caso, sin compromiso.
Después de la semana 12: cinco supuestos del artículo 316
El artículo 316 enumera las excluyentes de responsabilidad en el delito de aborto, aplicables incluso pasado el plazo:
- Que el aborto lo cause únicamente una imprudencia de la mujer embarazada.
- Que el embarazo derive de una violación, haya o no denuncia previa.
- Que el embarazo derive de una inseminación artificial sin consentimiento.
- Que continuar el embarazo ponga en peligro la salud o la vida de la mujer, según el médico que la atienda.
- Que un médico especialista encuentre razón para diagnosticar alteraciones genéticas o congénitas capaces de causar daños físicos o mentales, con consentimiento de la mujer.
A diferencia de otros estados, el texto de Oaxaca habla de peligro «en su salud o de muerte», no solo de muerte. Cada caso lo valora el personal de salud, y varios piden la opinión de un médico. En la violación rige además la NOM-046: un escrito donde declaras bajo protesta lo ocurrido, sin que nadie verifique tu dicho, y la información de que denunciar es un derecho, no un requisito. El Imparcial de Oaxaca reporta que en el estado la violación no tiene límite de semanas.
Menores de edad y objeción de conciencia
Sobre adolescentes, el único texto estatal que lo menciona es el artículo 65 Bis de la Ley de Salud: tratándose de menores de doce años, la solicitud la hace su padre o madre o, a falta de ellos, su tutor o la persona responsable. La NOM-046 dice lo mismo para casos de violación. Para quienes tienen 12 años o más, no encontramos una regla estatal adicional en los textos que revisamos, y no vamos a inventar requisitos: la guía sobre ILE siendo menor de edad explica cómo funciona en la CDMX y qué pedir.
Sobre la objeción de conciencia, en el Código Penal y la Ley Estatal de Salud no encontramos ninguna regla que la regule, así que se aplica la NOM-046 para los casos de violación: se respeta la objeción del personal, pero las instituciones públicas deben contar con médicos y enfermeras capacitados que no objeten y, si no pueden atenderte a tiempo, referirte de inmediato a una unidad que sí pueda. Según El Imparcial de Oaxaca, ninguna institución puede negarlo por motivos como la edad, la religión o la nacionalidad.
Qué anotar y a quién acudir si una unidad te dice que noObjeción de conciencia en la ILE: qué hacer si te niegan el servicio →Si te niegan el servicio o te dan largas
Si la ley estatal pone un máximo de tres días naturales y pide atender a todas las solicitantes, una negativa o una espera larga sin explicación no es lo que la norma prevé. Solicita hablar con quien dirige la unidad, pide por escrito el motivo, registra fecha, lugar y nombre de quien te vio, y pregunta a qué otra unidad acudir. Organizaciones como GIRE acompañan estos casos. Llevar la fecha de tu última menstruación y conocer el artículo 65 Ter ayuda a plantear tu solicitud con claridad.
Estados vecinos y la Ciudad de México
Los vecinos de Oaxaca son Chiapas, Guerrero, Veracruz y Puebla; los cuatro figuran entre los estados que ya despenalizaron en la lista de Proceso del 28 de septiembre de 2026. Para quien vive en una región limítrofe, una unidad del estado vecino puede quedar más cerca que la capital oaxaqueña. Revisa su guía antes de decidir: Chiapas, Guerrero y Veracruz. Cada estado tiene su propio plazo y su propia red de servicios.
La Ciudad de México sigue disponible: su portal oficial indica que el servicio gratuito atiende a residentes de otros estados, y su línea de asesoría es el 55 5658 1111. La guía completa de interrupción legal del embarazo en la CDMX explica el programa, y la nota sobre viajar desde otro estado detalla qué planear. Ninguna norma impide usar un servicio de salud legal en otra entidad.
Qué confirmar antes de ir
- Que la unidad atiende hoy este servicio, en qué horario y qué documentos pide.
- Qué plazo en semanas aplica ahí (12, 12.6 o 13) y cuándo te darán la primera cita.
- Si la solicitud es por violación, que aceptan el escrito bajo protesta sin denuncia previa.
- Si tu seguridad social cambia la ruta, aunque la ley diga que se te atenderá igual.
- Cómo llegarás, quién te acompaña y cómo regresarás a casa.
Lo esencial
- Desde octubre de 2019, interrumpir antes de la semana 12 no es delito en Oaxaca, sin necesidad de causal.
- La Ley Estatal de Salud fija un máximo de tres días naturales para atender, aunque tengas otra cobertura.
- Después de la semana 12, el artículo 316 exime cinco supuestos, incluyendo peligro en la salud o de muerte y violación.
- No hay lista oficial vigente de unidades y el plazo exacto en semanas puede leerse distinto (12, 12.6 o 13): confirma.
- La distancia es la barrera más real; Chiapas, Guerrero, Veracruz y la CDMX son rutas legales cercanas.
Esta guía resume el panorama legal y no reemplaza una valoración médica. Lo clínico de tu caso se decide en consulta con un médico o un servicio de salud, y como la información cambia, la revisamos cada mes y dejamos la fecha de verificación al principio.
Aviso importante: la información de este artículo es estrictamente informativa y educativa. No sustituye el diagnóstico, consejo o tratamiento de un profesional de la salud. Consulta a tu médico.
Fuentes de autoridad citadas
- 1. H. Congreso de Oaxaca — Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, texto con última reforma publicada el 10 de enero de 2026
- 2. H. Congreso de Oaxaca — Ley Estatal de Salud, texto con última reforma publicada el 3 de enero de 2026
- 3. Servicios de Salud de Oaxaca — comunicado del 25 de septiembre de 2023 sobre las nueve unidades que ofrecen la ILE
- 4. El Imparcial de Oaxaca, 26 de septiembre de 2026 — balance de siete años: cambios, unidades y cómo se cuentan las semanas
- 5. La Razón, 28 de septiembre de 2026 — la distancia frena el acceso a la interrupción del embarazo
- 6. Centro de Estudios de las Mujeres y Paridad de Género del Congreso de Oaxaca — estudio sobre la ILE a tres años de su despenalización
- 7. Diario Oficial de la Federación — modificación de la NOM-046-SSA2-2005, 24 de marzo de 2016
- 8. Suprema Corte — extracto de la acción de inconstitucionalidad 148/2017, sentencia del 7 de septiembre de 2021
- 9. GIRE — Semáforo normativo del aborto (consulta del 15 de octubre de 2026)
- 10. Proceso, 28 de septiembre de 2026 — qué entidades despenalizaron el aborto
- 11. Programa ILE de la Ciudad de México — portal oficial






